lunes, 29 de septiembre de 2008

El femicidio de Rita Soruco llegó a juicio oral


La condena al concubino de Rita por homicidio simple, muestra la necesidad del movimiento de mujeres de luchar por la incorporación de la figura de femicidio al Código Penal. También el juicio permitió desentrañar el origen de la violencia física, psíquica y económica que aquejó a Rita, joven originaria, hasta matarla, en una provincia en la que siguen existiendo las relaciones de servidumbre.-

El jueves 18 de septiembre, se conoció la condena a Oscar Jerez, asesino de Rita Soruco, joven originaria de Maimará que murió a manos de él, su concubino. El Tribunal lo condenó a 16 años de prisión, en medio de una sala llena con compañeros de Rita de la comunidad originaria Maymaras, integrantes de la Multisectorial de la Mujer de Jujuy y estudiantes de derecho.-
Como la querella expresó en un segmento de su alegato, “en el homicidio de Rita Nora Soruco, estamos muy lejos de hablar de un crimen pasional. No solo porque esta forma habitual con la que se anoticia el crimen de una mujer, como ocurrió con este crimen cuando se dio a conocer la noticia en los medios locales, es una forma de perpetuar la idea de que cuando se mata a una mujer, se lo hace por fuerzas inmanejables para el autor como el amor, la venganza, etc. sino porque la historia de Rita -que se pudo reconstruir en estas audiencias-, muestra que el crimen no fue mas que una consecuencia de la profunda opresión y violencia que ella vivía, de parte del procesado.
“Rita Soruco era una joven originaria. Se relacionó con el procesado al ser empleada doméstica de su madre. Ella llegó a esa relación por su hermana Silvia Soruco, quien era “criada” de la hermana de Jerez, testigo en esta causa. Se trata de una relación laboral de otra época: era una relación de servidumbre como ocurre con tantas mujeres originarias de nuestra provincia. Silvia Soruco era empleada a cambio de techo y comida, esa relación de servidumbre le permitió estudiar.
“Rita Soruco siempre estuvo en el límite de la relación de servidumbre con Jerez. Jerez le dijo que se viniera a San Salvador como su novia, pero le dijo a su madre que venía como empleada, como señaló SORUCO LETICIA.
“Jerez no se relacionaba con Rita Soruco como pareja, sino como dueño y patrón. Los maltratos consistían en golpes, como testimonió Maria Ester Mamaní, y en órdenes constantes, como testimonió uno de sus hermanos en esta audiencia.
“Entre las órdenes que Rita debía acatar estaba la de vivir junto a Jerez, realizar las tareas de limpieza de su casa y también la de la madre del procesado; trabajar atendiendo el puesto de bebidas, cuando había trabajo; no salir a trabajar por su cuenta; criar a sus hijos; agachar la cabeza cuando salía a la calle con Jerez (ya desde que ella iba a la escuela secundaria debía evitar mirar a otro lado, como relató uno de sus hermanos), y seguramente tener relaciones sexuales cuando el lo dispusiera.
“Jerez, como señaló uno de los hermanos Soruco, ni siquiera entraba a saludar a la casa de los familiares de Rita cuando la llevaba en su vehículo, despreciaba a ella y a su familia por su calidad de personas originarias, porque la única relación que los unía históricamente era la de servidumbre.
“Pero el sometimiento que parecía tan natural para Rita Soruco, porque nuestra sociedad lo naturaliza, tenía un límite, y era no tener dinero para que sus hijos se alimentaran o se vistieran. Rita vivió a la fuerza bajo esta situación, seguramente por un amor difícil de comprender para los que estamos acá, pero demasiado común y reiterado para la mayoría de las mujeres. Tan común que según la ONU una de cada tres mujeres en el mundo sufre violencia o abuso. Y tanto tardó en decidir liberarse de esa relación, por las constantes amenazas que recibía de Jerez, relacionadas con que él le quitaría a los chicos, o que la mataría.
“Jerez hizo las dos cosas que Rita temió que el haría. La mató, y decidió que sus hijos se quedarían con su hermana, seguramente para iniciar otra de las tantas relaciones de servidumbre”
“Lamentablemente los pedidos de ayuda que realizó Rita y sus miedos, no fueron considerados en su verdadera dimensión. JEREZ la mató el mismo día que Rita había decidido comunicarle a él que se iba a Maimará a trabajar; como manifestó la hermana del procesado, y como se acredita con las demás testimoniales, ya que estaba listo su ingreso a la cooperativa KAUQUEVA; hecho anunciado contra el que Jerez combatía con sus amenazas.
“Esa muerte también había sido anunciada. “Que lástima, tus hijos se van a quedar sin madre porque te voy a matar, y sin padre porque voy a ir a la cárcel”.- Estas fueron las palabras de JEREZ que RITA refirió a una de sus hermanas, SORUCO LETICIA, testigo en esta causa.
“JEREZ ya había decidido que Rita Soruco no se fuera de su casa, porque ni la suerte de ella ni la de sus hijos era importante. No importaba si tenían o no para comer. Incluso su hija mayor tardó en ser reconocida, y nunca él le pasó alimentos mientras estaban separados, como una forma más de violencia, violencia económica. Al punto que fue la madre de Rita quien intervino, como quedó acreditado en las audiencias y que también fue amenazada por Jerez.
“La muerte fue el último peldaño de poder que tenía Jerez para poseer y controlar a su concubina. La violencia como recurso en casos como este, es instrumental. No de trata de una pérdida de control sino de una toma de control.”
La querella pidió 25 años de prisión, el máximo de la pena establecida para el homicidio simple, carátula del expediente.- La defensa pidió el mínimo de la pena, es decir 8 años.- La pena decidida por el Tribunal fue la que propuso el fiscal.-
Si bien la pena para el homicidio de Rita Soruco es alta en función de las condenas por homicidio simple de la misma Sala I de la Cámara en lo Penal, que en general son de 8 años, y en un caso de 10 años, lo cierto es que aparece un problema legislativo que tiene que ver con la figura penal atribuible en estos casos.
Como se planteó en la III Jornada de Derechos de las mujeres, violencia y salud organizada por la Casa de la Mujer María Conti de San Pedro, el solo hecho de que Jerez y Rita se hubieran casado legalmente, hubiera llevado a Jerez a la pena de prisión perpetua, porque el homicidio no era simple, como en este caso, sino calificado por el vínculo.
De ello se desprende que es un requerimiento del movimiento de mujeres luchar por la incorporación de la figura del femicidio en el Código Penal, como ocurrió en Guatemala o se plantea con fuerza en Chile, ya que el femicidio es entendido como la muerte de una mujer por parte de su cónyuge, concubino o cualquier hombre que hubiese tenido un vínculo afectivo con la víctima, y se impide la aplicación de atenuantes cuando hay antecedentes de violencia familiar. Hay que aclarar que el femicidio es entendido como una forma extrema de la violencia de género, que hoy sacude a nuestro país con las noticias casi habituales de mujeres asesinadas por sus parejas o ex parejas en distintas provincias.-

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